El Programa Interno de Protección Civil (PIPC) es el documento que acredita a tu empresa ante la SGIRPC y que todo inspector revisará en caso de una verificación. Si aún no tienes el tuyo, o si ya venció y necesitas actualizarlo, esta guía te explica todo el proceso.

¿Quién necesita un PIPC en CDMX?

Están obligados a contar con PIPC vigente todos los establecimientos clasificados como mediano o alto riesgo conforme a la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la CDMX. En términos prácticos, esto incluye:

Los establecimientos de bajo riesgo con menos de 200 m² y aforo menor a 50 personas no requieren PIPC, pero sí deben presentar un Manifiesto ante su alcaldía y mantener medidas básicas de seguridad.

Proceso paso a paso para obtener tu PIPC

1

Diagnóstico inicial del establecimiento

El consultor realiza una visita para evaluar las condiciones físicas del inmueble, el giro, el aforo, el número de trabajadores y los riesgos presentes. Con esta información se determina el tipo y alcance del programa que corresponde.

2

Recopilación de información y documentos

Se recaban los datos del inmueble y del representante legal: escrituras o contrato de arrendamiento, planos del inmueble (si se tienen), licencia de funcionamiento, RFC y datos de contacto del responsable.

3

Elaboración del programa

El consultor redacta el PIPC conforme a los Términos de Referencia (TR-SGIRPC) vigentes. El documento incluye: análisis de riesgos, organización de brigadas, procedimientos de actuación ante emergencias, rutas de evacuación y croquis del inmueble.

4

Registro en la Plataforma Digital de la SGIRPC

El programa se sube a la Plataforma Digital oficial de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil. Al completarse el registro, el sistema genera una constancia con código QR que acredita la vigencia del PIPC.

5

Entrega de constancia y capacitación inicial

Se entrega la constancia impresa con código QR, el ejemplar físico del programa y se da una orientación básica al responsable del establecimiento sobre cómo actuar ante una verificación.

¿Cuánto tiempo tarda el proceso?

La ley establece plazos máximos desde la apertura del establecimiento: 120 días naturales para establecimientos de riesgo medio y 90 días para los de alto riesgo. El proceso real de elaboración y registro, cuando se trabaja con un consultor, toma entre 2 y 4 semanas.

Si ya llevas tiempo operando sin PIPC o con el programa vencido, lo más conveniente es regularizarse cuanto antes, sin esperar una verificación.

¿Con qué frecuencia se renueva?

El PIPC debe actualizarse y re-registrarse anualmente o cuando se presenten cambios significativos en el establecimiento: remodelaciones, cambio de giro, aumento de aforo o cambio de propietario.

Documentos que debe contener el PIPC

Conforme a los Términos de Referencia de la SGIRPC, el programa debe incluir como mínimo:

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